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miércoles, 5 de junio de 2013

Caso Soboce: El juez deja sin efecto pago de costas

El Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de Sucre tomó la decisión de “enmendar” una parte de la sentencia 18/2013 mediante la cual declaraba probada la demanda interpuesta por SOBOCE contra el Gobierno Departamental de Chuquisaca, condenando al pago de $us 93 millones con imposición de daños y perjuicios más costas, por el valor del tercio accionario expropiado de la Fábrica Nacional de Cemento S. A. (FANCESA). Según la enmieda, no corresponde el pago de las costas que, inicialmente se había cargado a la Gobernación.
Argumentando un “lapsus calami”, el juez Fernando Rilbert Avilés enmendó dicha sentencia en la parte referida a la imposición de "costas" por el pago de honorarios de los abogados de la Sociedad Boliviana de Cemento (SOBOCE), a instancias de la Procuraduría General del Estado (PGE), que presentó una denuncia penal ante el Ministerio Público por un presunto delito de prevaricato contra el mencionado juez.
Consultado por CORREO DEL SUR, el juez Avilés reconoció que dispuso la figura de la “enmienda” sólo para el caso de las costas sin que ello afecte al fondo del asunto: la sentencia del pago de $us 93 millones por el 33,34% de acciones que el Gobierno central “recuperó” a favor de la Gobernación Departamental de Chuquisaca, mediante el Decreto Supremo 616.


COSTAS CONTRA EL ESTADO
De acuerdo a la explicación de la Procuraduría, el artículo 39 de la Ley 1178 (SAFCO) “dispone que los procesos administrativos y judiciales, en ninguno de sus grados e instancias darán lugar a condena de costas y honorarios profesionales en contra del Estado, corriendo éstos a cargo de las respectivas partes del proceso”.
Dichas costas se aproximaban a los $us 18 millones, según la PGE.
Tras la decisión, la Procuraduría demanda que el caso se eleve en consulta ante un juzgado superior para que éste se pronuncie respecto de la falta de competencia con la que presuntamente actuó el juez Avilés y se disponga la nulidad de todo lo obrado, en especial de la sentencia del pago de los $us 93 millones por parte de la Gobernación por considerarse que va "en desmedro de los intereses nacionales".
Transmitida la consulta, la Gerencia de la privada SOBOCE respondió que dicha empresa no puede emitir criterio sobre disposiciones judiciales, ni sobre acciones que realicen las instituciones públicas, en relación a la Procuraduría General del Estado, sin embargo, enfatizó que el asunto no afecta al fondo de la sentencia 18/2013, es decir, al pago que demanda.

Gobernación: Es un primer paso

“Nos parece un primer paso importante, la decisión del juez, pese que indica que deja intacto el fondo de la sentencia (pago de $us 93 millones), que sí enmienda que no corresponde el pago de costas procesales a la Gobernación como Estado, en fecha 23 de mayo. Es un primer paso de reconocimiento del propio juez arguyendo un supuesto Lapsus calami, el error que ha cometido en esa sentencia. (Sin embargo) como autoridad administradora de justicia, no ha tenido el valor civil de reconocer que el Lapsus calamis ha sido en el fondo y la totalidad de la sentencia”, consideró el asesor general de la Gobernación, Yersin Oblitas.
La autoridad defendió la impugnación presentada a la sentencia del juzgado argumentando que éste no tenía competencia para dirimir la demanda interpuesta por SOBOCE y recalcó que la valuación del valor de FANCESA que encargó la Gobernación “se dará a conocer en su momento”.
SOBOCE habría sido notificada el 27 de mayo sobre la impugnación de la Gobernación, por lo cual su plazo para pronunciarse fenecería mañana.
El Asesor General de la Gobernación alertó, por otra parte, que “sería lamentable” que en breves horas se conozca de la prescripción del caso de la demanda planteada por la Alcaldía contra SOBOCE, por el perjuicio económico generado con el convenio pactado con la Universidad San Francisco Xavier.

Lapsus calami

UN ERROR INVOLUNTARIO AL ESCRIBIR
Significa literalmente error de la pluma. Se emplea como locución nominal masculina con el sentido de "error involuntario que se comete al escribir".

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